Responsabilidad patrimonial por accidentes en piscinas municipales

15 de Julio del 2008 12:23 Por: anonimo

La Sentencia Tribunal Supremo, Sala III de lo Contencioso-Administrativo, de 12 de junio de 2008, ha venido a poner de manifiesto, una vez más, lo que ya sabíamos: el criterio más que opinable pero jurisprudencialmente consolidado de que la Administración (particularmente la local) aparece como la responsable de cualquier eventualidad que ocurra y que, directa o indirectamente, cercana o remotamente, se pueda vincular con el servicio público. Traemos a colación esta interesante Sentencia –opinable pero, indudablemente bien argumentada, tanto en primera instancia como en casación- por su doble actualidad: la temporal, pues apenas se dictó hace un mes, y la estacional, por hallarnos actualmente en julio, en pleno funcionamiento de las piscinas públicas.
 

Informa: administracionpublica.com/content/view/572/1/

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Categorías: Sociedad
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